Resumen de noticias sobre el nuevo proyecto de ley de arrendamiento inmobiliario

Con el fin de tener una guía de todas las noticias relacionadas con este tema que tanto nos incumbe a los asesores inmobiliarios, coloco esta entrada para mantenernos informados de las noticias más relevantes.

I.

25/05/2010 Chavez solicitará ley que favorezca a quienes tengan muchos años de inquilinos. ABN

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El Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, solicitó a los diferentes ministros del tren Ejecutivo y a los diputados de la Asamblea Nacional que aprueben una Ley que permita otorgar la propiedad aquellas personas que tengan muchos años viviendo alquilados.

En este sentido, el Primer Mandatario aseguró que esta propuesta legislativa es para solucionar la situación habitacional de muchas y muchos venezolanos que tienen toda la vida viviendo en condición de inquilinos, a merced de los arrendadores y sin poder tener la propiedad de donde habitan.

“Tenemos que trabajar en esa Ley porque hay muchos casos de personas que tienen hasta 20 años viviendo alquilados. Personas que tienen apartamentos alquilados, pensiones y viven de los inquilinos; muchos de ellos seguro hasta viven del país y lo único que hacen es cobrar y de eso viven”, aseguró.

Sin embargo, aclaró que dentro del proceso revolucionario se respeta la propiedad privada personal; aquella que han alcanzado las personas con su esfuerzo. Pero, enfatizó que la propiedad privada se ha utilizado, durante décadas, para justificar el modelo capitalista y la explotación del hombre por el hombre. Razón ésta por la que aseguró que continuarán en la lucha por acabar con este modelo.

Cabe destacar que tal pronunciamiento lo realizó el máximo líder del proceso revolucionario la madrugada de este martes durante una reunión con los dirigentes de este partido que se llevó a cabo en el Palacio de Mirafores.

II.

28/05/2010 Asamblea nacional se reúne con inquilinos para elaborar proyecto de ley sobre arrendamiento inmobiliario. YVKE Mundial

La Red Metropolitana de Inquilinos, que agrupa aproximadamente a 25 mil familias que residen en el Área Metropolitana de Caracas, respaldó este viernes el proyecto de Ley de Arrendamiento Inmobiliario que permitirá garantizar que aquellas familias que tienen años pagando alquiler puedan ejercer el derecho de propiedad de las viviendas. El vocero de la Red Metropolitana de Inquilinos, Rigel Sergent, explicó que respaldan la solicitud realizada por el presidente de la República, Hugo Chávez, para la construcción de políticas socialistas ‘que conlleven a ver a la vivienda como un derecho y no como un negocio para seguir explotando a la clase trabajadora’. “Es importante que la Asamblea Nacional (AN) apruebe una ley para acabar con explotación de las familias, el latifundio urbano y los desalojos anticonstitucionales que violan los derechos humanos”, agregó. Sergent indicó que dicha organización entregó al Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda (Mopvi) una propuesta para calcular los precios de compra y venta de viviendas en alquiler de vieja data. La propuesta titulada Metodología de Cálculo del Justo Valor para la Compra y Venta de Viviendas en Alquiler de Vieja Data, contempla el cálculo económico como el valor del metro cuadrado del terreno, quitándole la plusvalía que aumenta el precio. Segent refirió que en la actualidad los propietarios de los terrenos o edificios revalorizan su inmueble, tomando en cuenta si en sus cercanías tienen una autopista, un centro comercial o una estación de Metro cerca. Por su parte, Elizabet Santos, quien integra la Red dijo: “Queremos fijar posición en cuanto a los desalojos forzosos que se han venido ejecutando en contra de familias inquilinas, quienes han sido explotados por años por latifundistas urbanos que en su mayoría viven en el exterior lucrándose del trabajo de las familias venezolanas, sin ni siquiera darle el derecho a la defensa cuando son desalojados injustamente de sus hogares, atropellando y maltratando niños, adultos mayores y personas con discapacidad, vulnerando el derecho constitucional de tener una vivienda”. Asimismo, denunció a las grandes mafias que están detrás del negocio inmobiliario del arrendamiento. Explicó que se trata de los dueños de grandes consorcios que manejan cientos de viviendas destinadas al alquiler en el área metropolitana de Caracas y en las grandes ciudades del país. El presidente de la República, Hugo Chávez Frías, solicitó a los diferentes ministros del tren Ejecutivo y a los diputados de la Asamblea Nacional a aprobar una Ley que permita otorgar la propiedad aquellas personas que tengan muchos años viviendo alquilados. “Tenemos que trabajar en esa ley porque hay muchos casos de personas que tienen hasta 20 años viviendo alquilados. Personas que tienen apartamentos alquilados, pensiones y viven de los inquilinos; muchos de ellos seguro hasta viven fuera del país y lo único que hacen es cobrar y de eso viven”, dijo. Aclaró que el proceso revolucionario respeta la propiedad privada personal y recordó que la propiedad privada se ha utilizado, durante décadas, para justificar el modelo capitalista y la explotación del hombre por el hombre.

III.

31/05/2010. Propietarios tendrán que vender a inquilinos. El Mundo Economía y Negocios.

Largo proceso 2006. En julio, el diputado Darío Vivas anunció la revisión de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios a raíz de una serie de desalojos ocurridos en Caracas. 2009. En marzo fue aprobado en primera discusión el proyecto de reforma de la mencionada Ley, vigente desde 1999. Ingrid Rojas R.

Ha pasado sólo una semana desde que el presidente Hugo Chávez volvió a pedir a la Asamblea Nacional legislar para otorgar la propiedad a inquilinos que han ocupado inmuebles por más de 20 años y el Parlamento ya definió la manera en que hará realidad esta posibilidad. Luis Gamargo, presidente de la Comisión de Administración y Servicios Públicos de la Asamblea Nacional, dijo que no es necesaria una nueva ley para viabilizar el planteamiento.

A la instancia parlamentaria le bastará con incorporar un articulado en el proyecto de reforma a la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, de acuerdo a lo que anunció el diputado Gamargo. La Ley de Arrendamientos Inmobiliarios vigente garantiza la primera opción al arrendatario en el momento en que el arrendador decida vender.

El parlamentario dijo que con la modificación planteada el propietario estará obligado a vender el inmueble al inquilino, pues no habrá otra opción. Sin embargo, dijo que, como se trata de un tema delicado, buscarán la forma de viabilizar la propuesta para evitar que no se entorpezca la posibilidad de un mercado de viviendas en alquiler. «No será una opción. El dueño debe venderla a quien ha ocupado por más de 20 años una vivienda», expresó. Y aclaró que «no es que le vas a regalar la vivienda; la va a adquirir, pero tenemos que ver en cuánto, si es a valor de mercado o no, si va a depender de la edad del inmueble».

Cánones en función del sueldo

Otro cambio que piensa introducir la Asamblea a la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios se refiere a la posibilidad de fijar los cánones de arrendamiento en función del salario. Gamargo dijo que la reforma legal ha demorado porque se están haciendo las consultas a los sectores involucrados, a la gente, como obliga la Constitución.

IV.

22/06/10.  Prevén que pago por alquiler se use como cuota inicial. El Universal

AN aguarda decisión del TSJ para aprobar la Ley de Preventa Inmobiliaria

El primer vicepresidente del Parlamento, Darío Vivas, señaló que están preparando la modificación de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y adelantó que en ese texto se realizarán ajustes al derecho de preferencia de los inquilinos a fin de permitir que parte de los pagos por los alquileres sean considerados como cuota inicial en la compra de las viviendas.
El parlamentario señaló que «la intención es que el derecho de preferencia no se ejerza cuando el propietario vaya a vender la vivienda, que se aplique antes. Eso significa que después de un período de tiempo el dinero pagado por el alquiler sea usado como una inicial». Ello implicaría establecer límites en la ley, es decir, que hasta un determinado lapso se considerarán las cancelaciones hechas por los inquilinos como alquiler y luego como inicial. En el marco legal vigente, existe el derecho de preferencia. Cuando el propietario de un inmueble quiere venderlo, la primera opción le corresponde al inquilino, pero ahora los diputados quieren ir más allá. El Primer Mandatario ha reiterado en los últimos meses que el Parlamento tiene que reformar los textos para permitir que aquellas familias con más de 20 años arrendadas sean propietarias de los inmuebles.

Ante esa petición, el Ministerio de Obras Públicas llegó a preparar un proyecto de resolución en el cual se contemplaban desde ventas voluntarias hasta ventas forzadas de las viviendas, y un ente estatal sería el encargado de fijar los precios de las unidades habitacionales. El primer vicepresidente de la Asamblea apuntó que efectivamente existe una propuesta por parte del despacho que estaría por revisarse, y agregó que de todas maneras están realizando consultas a diferentes organizaciones para terminar de definir los cambios en la Ley de Arrendamientos. No precisó para cuándo se presentaría la propuesta a la plenaria.

A la espera del TSJ

En relación con el proyecto de Ley de Preventa de Viviendas, el diputado dijo que, si bien el texto fue aprobado en primera discusión, se está esperando por la decisión del Tribunal Supremo de Justicia en relación con el cobro del Indice de Precios al Consumidor en contratos de preventa inmobiliaria. Aunque el Ministerio de Obras Públicas y Vivienda prohibió el cobro del indicador en julio del pasado año, el máximo tribunal admitió un recurso que fue presentado por las organizaciones de usuarios.

Vivas expresó que «para poder realizar el informe para segunda discusión tenemos que esperar el pronunciamiento del TSJ para ver los daños causados, el TSJ puede resolver algunos aspectos que no se pueden hacer a través de la Ley». Esa revisión de «los daños causados», consistiría en autorizar el reintegro a los compradores de lo pagado en exceso por la aplicación del Indice de Precios al Consumidor. Según el diputado, «se pueden realizar devoluciones y esos recursos, por ejemplo, se pueden utilizar para amortizar los financiamientos». A su juicio ya existe un antecedente de retroactividad con el caso de los créditos indexados. En esa oportunidad los bancos debieron recalcular los préstamos.

V.

24/06/2010 Incertidumbre genera cambio en la Ley de Arrendamiento Inmobiliario. El Universal

El sector no cree que vulnerar la propiedad sea la solución. Para el presidente de la Cámara Inmobiliaria, Aquiles Martini, la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios que prepara la Asamblea Nacional despierta gran incertidumbre.

Este martes el primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, Darío Vivas, señaló que en el Parlamento están preparando la modificación de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y adelantó que en ese texto se realizarán ajustes al derecho de preferencia de los inquilinos a fin de permitir que parte de los pagos por los alquileres sean considerados como cuota inicial en la compra de las viviendas.

Ante estos cambios, Aquiles Martini señaló que los mismos «pareciera que no tienen ningún asidero».

En declaraciones a Unión Radio dijo que una cosa es el derecho al pago por el uso de un inmueble u otro bien «y otra es que de repente ahora esté considerado parte del precio de compra del mismo». Sostiene que la normativa legal vigente no permite la expropiación del Estado para terceros. «Quitándole la propiedad a unos para entregárselas a otros no se soluciona el problema habitacional»; sino por el contrario se solventa «con reglas claras y con financiamiento».

VI

25/06/2010. Reforma de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario convertirá en propietarios a quienes tienen más de 30 años en situación de alquiler. Aporrea.org

La Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN) ya empezó a recibir las diferentes propuestas para realizar la reforma de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario, y así convertir en propietarios a las personas que llevan más de 30 años viviendo alquilado. El presidente de la instancia, diputado Luis Gamargo, dijo que evalúan cuál sería la opción más apropiada para valorar el costo de las viviendas que están arrendadas. Uno de los proyectos fue presentado por la Red Metropolitana de Inquilinos. Allí se plantea una metodología del cálculo del justo precio para la venta de viviendas en alquiler de vieja data. Ana Marina Rodríguez, consultora jurídica del movimiento, explicó que en estos casos debe considerarse la depreciación 1,20% anual en inmuebles de vieja data, basado en la durabilidad de los materiales de construcción y no tomar en cuenta la inflación. “Debido a que los propietarios tienen la vivienda en abandono y no hacen una inversión de ningún tipo”, afirmó.

PAGO COMO INICIAL

Por su parte, el primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, diputado Darío Vivas, planteó que parte de los cánones de alquiler pagados hasta determinado momento sean considerados como inicial a la hora en que se defina la venta de inmuebles de vieja data. La idea, según su explicación, es que el derecho de preferencia no sea ejerza cuando el propietario vaya a vender la vivienda, sino que se aplique antes. Eso significa, según su explicación, “que después de un período de tiempo el dinero pagado por el alquiler sea utilizado como una inicial para la compra de la vivienda”. Esto implicaría que en la ley se establezcan límites, es decir, que hasta un determinado período se considerarán los pagos realizados por los inquilinos por alquiler y luego como cancelación de la inicial.

En ese sentido el presidente de la comisión parlamentaria encargada del tema, Luis Gamargo, dijo que desde el Poder Legislativo recibirán todas las propuestas que sean necesarias. Y aclaró que él junto con Vivas fueron designados por la presidenta de la AN, Cilia Flores, para presentar a la plenaria el proyecto. La comisión está a la espera de que la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos remita una fórmula que sirva para valorar los inmuebles.

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Transformación del proceso judicial

En el proyecto de Ley de Arrendamiento Inmobiliario, aprobado en primera discusión en el año 2007, se estipula un cambio total del proceso judicial. Laura Valls, integrante de la Subcomisión de Vivienda del Parlamento, explicó que los juicios en materia de arrendamiento serán de naturaleza oral y breve, además se plantean tres audiencias conciliatorias. “La idea es hacer el proceso más humano y que se pueda llegar a un acuerdo entre las partes sin la necesidad de aplicar el desalojo”, mecanismo que en la normativa vigente se aplica como una medida previa a los acuerdos. Aunque la diputada lo considera un avance, para la abogada Ana Marina Rodríguez la ley aprobada hace tres años sólo busca beneficiar a los propietarios de los inmuebles.“Hablan de un proceso breve, claro, es más rápido para desalojarlo, cuando realmente deberían suspenderlos en todo el país”. Denuncia que este procedimiento ocurre “en su mayoría” en circunstancias irregulares. Y los depositarios judiciales no son aptos para resguardar los enseres de los inquilinos.

Liamar Ramos O. / Ciudad CCS

VII

2/07/2010. Comienzan expropiaciones por cobros excesivos de alquileres. El Universal.

Investigan unas 20 edificaciones
Consejo Legislativo de Aragua autorizó al gobernador Rafael Isea a que «realice las expropiaciones que crea conveniente siempre y cuando beneficien a familias aragüeñas de escasos recursos económicos». Por ello fueron declarados de utilidad pública un edificio y una hacienda, y ya se están contemplando más procedimientos similares.
La Ley no contempla expropiaciones por cobros abusivos. El presidente Hugo Chávez Frías en sus alocuciones ha reiterado que «la vivienda no es una mercancía» y bajo esa premisa le ha solicitado a la Asamblea Nacional que presente «una propuesta legislativa para solucionar la situación habitacional, muchos venezolanos que tienen toda la vida viviendo en condición de inquilinos, a merced de los arrendadores y sin poder tener la propiedad de donde habitan». La Gobernación del Estado Aragua en línea con el discurso oficial inició las expropiaciones de edificaciones por cobros excesivos de alquileres. Esta semana, el Consejo Legislativo de la entidad, autorizó al gobernador Rafael Isea a que «realice las expropiaciones que crea conveniente siempre y cuando beneficien a familias aragüeñas de escasos recursos económicos». Por ello fueron declarados de utilidad pública un edificio y una hacienda, y ya se están contemplando más procedimientos similares. El diputado Crisanto Ortegano, presidente de la Comisión de Vivienda del Consejo Legislativo de Aragua, de acuerdo a reseñas de la prensa regional, considera que «esa situación ha dado pie para iniciar un proceso de evaluación e investigación sobre todos aquellos inmuebles que «negocian» con el alquiler de apartamentos y hasta ahora se contabilizan entre 15 y 20 estructuras».

Los voceros oficiales no detallan cuánto son los cobros excesivos de arrendamiento.

Causa no prevista en la Ley. En 2006 la Alcaldía Metropolitana elaboró un decreto de expropiación bajo el argumento de dar la propiedad a los inquilinos, la medida afectó a 241 edificios, sin embargo, en aquel momento fueron indemnizados solo 12 inmuebles, y ante la falta de recursos, no se siguieron materializando los procesos. Pero la medida de la Gobernación de Aragua va más allá, debido a que la expropiación se realiza por cobros abusivos de alquileres, lo cual no está contemplado ni en la Ley de Expropiaciones ni en la Ley de Acceso a las Personas a los Bienes y Servicios, explica el abogado José Vicente Haro. «La expropiación como tal no se está efectuando por un interés público o social, está beneficiando a un grupo en detrimento de otros. El proceso responde a intereses particulares y no de la colectividad».

Expresa que «se le quita la propiedad a uno para darla a otros. No obstante, la titularidad de los edificios le corresponde al estado Aragua, y queda la duda si los inquilinos efectivamente serán propietarios». Los beneficiados de los viviendas que han terminado los entes oficiales han recibido títulos de adjudicación y no de propiedad de la unidad. El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos, Roberto Orta, indica que la desconfianza aumenta cuando se ejercen acciones como las de la Alcaldía Metropolitana y la Gobernación del estado Aragua. «Se inician las expropiaciones sin realizar los respectivos juicios y sin indemnizaciones». Menos inversiones. El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), Aquiles Martini, apunta que las medidas que se tomen contra la actividad reducen más la inversión, incrementan la incertidumbre y al final se terminan afectando a las familias que requieren de una vivienda, pero que no cuentan con la capacidad para comprar. Explica que aquellos que «tengan inmuebles optarán por vender en lugar de alquilar, por lo tanto, la oferta de viviendas para arrendar se restringe». Con la extensión de las regulaciones son cada vez menos las viviendas que se destinan al alquiler, y según estimaciones de la organización, de cada 100 unidades en oferta, apenas seis se están arrendando. Ante el cerco creado al sector, los privados ya bajaron el ritmo de culminación de casas.

Mayela Armas H.

VIII

01/07/2010. Asamblea cambiará causales para desalojos de inquilinos. El Universal.

La Asamblea Nacional se prepara a realizar la revisión de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y según el primer vicepresidente del Parlamento, Darío Vivas, habrá prioridades en las modificaciones. El diputado comentó que para la «reforma se tomará en cuenta que la vivienda es un derecho humano, y, por lo tanto, entre los aspectos que cambiarán estarán las causales de desalojo de los inquilinos».

En la Ley de Arrendamientos vigente los propietarios de los inmuebles pueden solicitar los desalojos: cuando los inquilinos hayan dejado de pagar dos mensualidades, los dueños necesiten las viviendas para sus parientes, que los inmuebles sean objeto de reparaciones y que los inquilinos hayan causado destrozos o que hayan cedido los contratos. Para Vivas esas causales tienen que variar y no descarta incluir la prohibición de los desalojos. «Estamos hablando que la vivienda es un derecho y a partir de ello debemos hacer las modificaciones». Adicional a los desalojos, otro de los aspectos que se ajustarán en el marco legal es el derecho de preferencia. Ya el primer vicepresidente de la Asamblea ha indicado que se analiza que el derecho de preferencia no se ejerza cuando el propietario vaya a vender la vivienda, que se aplique antes. Eso significa que después de un período de tiempo el dinero pagado por el alquiler sea usado como una inicial. En el texto actual, existe el derecho de preferencia. Cuando el propietario de un inmueble quiere venderlo, la primera opción le corresponde al inquilino, pero ahora los diputados quieren ir más allá. El primer mandatario ha solicitado a la Asamblea que realice los cambios legales para entre aspectos permitirles a las familias que tienen más de 20 años pagando alquiler tener la propiedad de la vivienda.

Espera
La Asamblea en los próximos días espera recibir las proyectos de reforma de la Ley de Arrendamientos del Ejecutivo, la Comisión de Administración y Servicios, la Red de Inquilinos Metropolitana y las organizaciones de usuarios. Vivas expresó que partiendo de esos proyectos se efectuarán los ajustes al texto y se definirá el cronograma de aprobación de los cambios. La intención es que la modificación de ese instrumento esté lista para este ejercicio.

IX.

08/07/2010. TSJ Admitió demanda contra Ley de Arrendamientos. Ultimas Noticias.

Los artículos impugnados fijan el régimen de prórroga de los contratos. Aseguran que dueños quedan en estado de indefensión. El Juzgado de Sustanciación de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió un recurso de nulidad, por inconstitucionalidad, contra los artículos 38 y 41 de Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, ejercido el día 19 de Mayo de 2009 por Natale Bonura Scovazzo asistida por el abogado Rómulo Antonio Herrera. La demandante denuncia violación en los artículos 26 y 115 de la Constitución nacional, pues asegura que los dueños de los inmuebles quedan indefensos.

El artículo 38 establece que en los contratos de arrendamientos de los inmuebles indicados en el artículo 1º de ese Decreto Ley (es decir, los urbanos y suburbanos destinados a vivienda o al funcionamiento y desarrollo de actividades comerciales, industriales, profesionales, de enseñanza y otras distintas de las especificadas, ya sean arrendados o subarrendados totalmente o por partes) celebrados a tiempo determinado, al vencerse el plazo estipulado, este se prorrogará obligatoriamente para el arrendador y potestativamente para el arrendatario. De acurdo con el tiempo que ha tenido la relación de arrendamiento se realizará la prórroga, la que va de seis meses a tres años. Durante la prórroga, la relación se considerará a tiempo determinado, vigentes las condiciones y estipulaciones del contrato original, salvo los aumentos del canon por regulación o convenio entre las partes.

Por otro lado, según el artículo 41, durante la prórroga legal no se admitirán demandas de cumplimientos de contrato por vencimiento.
X.

15/07/2010. AN solicita al TSJ declare nulidad de desalojos forzosos. Radio Nacional de Venezuela

Venezuela ⁄ Analizarán la posibilidad de que los inquilinos que tengan más de 15 años en esa situación, asuman la vivienda como propia. El primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, diputado Darío Vivas acordó junto a las organizaciones de inquilinato en mesa técnica, solicitar al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que declare, cuanto antes, la nulidad de los desalojos forzosos que permita proteger a los inquilinos y revisar el texto legal de arrendamiento. «Queremos plantearle al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) la urgencia de producir una resolución que paralice por un tiempo determinado toda la acción de desalojo que se está produciendo a nivel nacional», dijo el Diputado.  Acotó Vivas, que estos hechos violan la Constitución, el derecho humano a la vivienda y además ha generado una situación de conflictividad y confrontación entre el propietario y los inquilinos. Asimismo, analizarán la posibilidad de que los inquilinos que tengan más de 15 años en situación de inquilinato, asuman la vivienda como propia. El documento presentando por los ciudadanos en esta situación persigue regular los precios en el mercado secundario y los arrendamientos.

XI.

21/07/2010. Consecuencias de las reformas en los asuntos inmobiliarios. EL UNIVERSAL

En cuatro años compra y venta de inmuebles cayó 52%. En el primer semestre se transaron 28.644 unidades. Las regulaciones y la incertidumbre sobre la propiedad están afectando la compra y venta de apartamentos. Las regulaciones y la incertidumbre en torno a la propiedad están impactando en el mercado inmobiliario y el número de operaciones de compra y venta de viviendas se reduce.

Según datos que maneja la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), al cierre del primer semestre de este año se transaron 28.644 inmuebles, siendo el nivel más bajo en 13 años. Cuando se comparan las operaciones realizadas en este ejercicio con la primera mitad de 2009 hubo una caída de 20%, debido a que en ese lapso se efectuaron la compra y venta de 35.806 apartamentos. Pero al revisarse el comportamiento de períodos anteriores, la contracción es más fuerte. En el año 2006 en el mercado inmobiliario se efectuó la compra y venta de 59.282 viviendas y ante el número de operaciones concretadas en la primera mitad de 2010 se tiene que en cuatro años la caída fue 52%. El presidente de la Cámara Inmobiliaria, Aquiles Martini, explica que las operaciones bajaron tanto en el mercado primario (viviendas nuevas) como en el secundario (viviendas viejas) y agrega que las transacciones están afectadas por la incertidumbre a la cual se está enfrentando la actividad.

Efectos

En las operaciones están incidiendo las amenazas sobre la propiedad, el incremento de las regulaciones y los ajustes a la gaveta hipotecaria, que limitan el acceso a los financiamientos a determinados estratos. Martini comenta que el saldo de la actividad es: caída de las operaciones, menores montos transados y precios de las unidades en aumento. El presidente de la organización no quiso precisar en cuánto se han incrementado los costos de las viviendas, debido a que «no se quiere especular». Agrega que los propietarios fijan valores a los apartamentos, pero durante las negociaciones se termina pactando otros precios con los compradores. Para los representantes del sector inmobiliario el comportamiento de la primera mitad del año se mantendrá en este segundo semestre, y no descartan que se agudice la situación. Martini destaca que el número de unidades a construir en el mediano plazo será más bajo. «Los permisos para la realización de casas registraron una disminución de 60% y además persisten las fallas con el suministro de insumos».

Los constructores tienen dificultades con el abastecimiento de cemento y productos de acero (cabillas), debido a la menor producción y los problemas con la distribución. Las fallas también se registran con los productos importados. El presidente de la Cámara Inmobiliaria expresa que «no hay suficientes divisas para la compra de ascensores y de materiales eléctricos».

Confiscación

En las últimas semanas la Asamblea Nacional ha anunciado la fijación de más regulaciones al sector a través de la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y en las regiones se han estado tomando medidas de expropiaciones de terrenos y edificaciones. Los diputados, a través de la Ley de Arrendamientos, tienen la intención de permitir que aquellas familias que tienen 20 años pagando alquiler sean propietarios de las viviendas y que parte del pago realizado sea considerado como inicial. Martini expresa que «esas modificaciones generan dudas. Para poder vender las viviendas los edificios se tienen que transformar al régimen de propiedad horizontal, de lo contrario los compradores no podrán recibir los créditos».

Apunta respecto al decreto de ocupación de tierras en Nueva Esparta, donde están ubicados desarrollos habitacionales, que «esa medida es una confiscación masiva», y agrega sobre la medida ejercida en el estado Aragua contra una edificación alquilada, que «quién decide que un alquiler es caro, si los cánones de arrendamiento están congelados desde el año 2003, quién está encargado de decidir el precio de una vivienda alquilada».

marmas@eluniversal.com
Mayela Armas H.

XII.

22/07/2010. Arrendatarios interponen Amparo ante TSJ, contra APIUR, CIV, AN y MPPVH. Tus Metros.com

Este miércoles la Organización de Consumidores y Usuarios OCU VENEZUELA A.C. y ASUSELECTRIC DE VENEZUELA interpuso una Acción de Amparo por Intereses Colectivos y Difusos contra la Cámara Inmobiliaria de Venezuela y la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos APIUR, alegando practicas lesivas y abusivas de desalojos injustificados, acarreando la violación del debido proceso y el derecho a la defensa de los usuarios arrendatarios de inmuebles, y contra la Asamblea Nacional y el Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y el Hábitat, por órgano de la Dirección de Inquilinato, alegando las omisiones en el cumplimiento de sus funciones.

En tal sentido, La Organización de Consumidores y Usuarios OCU VENEZUELA A.C. y ASUSELECTRIC DE VENEZUELA, representadas por Wolfgang Cardozo Espinel y Giorgio Di Muro Di Nunno, respectivamente, asistidos por la abogada Conny García, acudieron este miércoles al Tribunal Supremo de Justicia, en representación de los derechos de sus asociados, así como de los intereses colectivos y difusos de los ciudadanos usuarios del servicio de arrendamiento inmobiliario, a los fines de interponer acción de Amparo constitucional y medida cautelar innominada en contra de la Asamblea Nacional y del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y el Hábitat, por órgano de la Dirección de Inquilinato, y contra la Cámara Inmobiliaria de Venezuela y sus Capítulos Regionales y la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (APIUR)

Con esta acción solicitan se decrete como medida cautelar innominada “no admitir demandas por desalojos de inmuebles, si no existe en dichas solicitudes prueba fehaciente de haber cumplido con el respectivo tramite administrativo ante el órgano competente”

Existe para los arrendatarios el temor de ser desalojados por sus arrendadores, quienes a su vez, tienen el temor de perder su propiedad por las recientes informaciones sobre la Reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y las declaraciones sobre la posibilidad de confiscación o expropiación de inmuebles.

Los arrendatarios buscan medidas protectoras de los derechos de las familias a una vivienda digna, sin la intención de menoscabar el derecho a la propiedad de quienes legítimamente ponen a disposición del mercado arrendaticio sus inmuebles. Pudiera pensarse que la excesiva protección del arrendatario, conllevaría para el arrendador, la pérdida del uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes, más a criterio de los demandantes consideran que una efectiva participación de todos los factores involucrados en el logro de la satisfacción progresiva del derecho a la vivienda, estaría directamente relacionado con la Corresponsabilidad Constitucional, de todos los ciudadanos en lograr la mayor suma de felicidad posible.

XIII.

29/07/2010. Gobierno prepara resolución que prohíbe desalojo de viviendas. El Tiempo.

Mientras la AN redacta la Ley de Arrendamiento, el primer vicepresidente del parlamento, Darío Vivas, dijo que en menos de una semana se aprobará un texto que permite que el despacho de Vivienda medie en las controversias sobre alquiler de inmuebles. Aseguró que hay 500 mil familias afectadas con la expulsión de casas o apartamentos arrendados. Cámara Inmobiliaria calificó de ilegal medida que frena salida forzosa de inquilinos. En menos de una semana, el gobierno emitirá una resolución mediante la cual quedarán prohibidos los desalojos forzosos de inquilinos. El anuncio lo hizo el primer vicepresidente de la Asamblea Nacional (AN), Darío Vivas, quien aseguró que el documento está “adelantado” y será remitido al Ministerio de Vivienda y Hábitat para su aprobación. “Hay consenso de que tiene que haber una resolución, que le ponga coto al problema de los desalojos que se han dado en el ámbito nacional (…) Estamos pensando que en menos de una semana, ya pudiéramos tener la resolución que los paralice”, dijo. El documento además tendrá alcance normativo, ya que según Vivas “redimensionará” a la Dirección de Inquilinato, de manera que esta instancia le otorgue la facultad al despacho de Vivienda para que medie en las controversias entre inquilinos y propietarios.

Medida ilegal
Desde junio pasado, la AN estudia las vías legales que le permitan suspender los desalojos inmobiliarios, ya que según el registro del parlamento, al menos 500 mil familias se han visto afectadas con la salida forzada de casas o apartamentos alquilados. Aunque en un principio se prevía habilitar la prohibición, con la reforma de la Ley de Arrendamientos, el presidente de la Comisión de Administración y Servicios, Luis Gamargo, confirmó que este instrumento no será aprobado antes de las elecciones parlamentarias del 26 de septiembre. Indicó que aún se requiere de mucha consulta, especialmente porque contempla permitir la venta de los inmuebles alquilados por más de 20 años.  “La Ley se seguirá trabajando. No es tan fácil porque hay personas que llevan menos de 20 años en un inmueble y quieren que el propietario les venda. Tampoco se puede obligar a vender a quien vive de un alquiler”, defendió Gamargo. La Ley de Inquilinato vigente establece causales y lapsos para desalojar arrendatarios. Estos son: incumplimiento en el pago de dos mensualidades, cambio de uso del inmueble, cuando los dueños lo necesiten para parientes o que el inquilino haya dañado la vivienda. Según Vivas, la resolución está siendo elaborada por una mesa técnica integrada por el Ejecutivo, la AN y asociaciones civiles, quienes consideran que si bien deben respetarse los derechos de todas las partes, es primordial salvaguardar el derecho a la vivienda de los inquilinos y no perjudicar a familias y niños, incluso enseres o bienhechurías. Para resolver los conflictos, dijo que se instruirá que un ente ministerial sirva de mediador, ya sea para la venta del inmueble o la garantía de una nueva vivienda. El anuncio aunque no cayó por sorpresa en la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, fue rechazado por el presidente de este gremio, Aquiles Martini, quien señaló que es irregular aprobar una resolución que contraviene la norma, y que está sustentada en la falsa denuncia de desalojos masivos. Aseguró que en el país “no existen desalojos masivos diferentes a los practicados por el gobierno cuando ha expropiado inmuebles, caso el edificio La Francia en Caracas”, ya que las acciones son individuales. La Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco) señaló que la ocurrencia de desalojos es aproximadamente uno por cada 10 viviendas alquiladas. Martini alertó que la prohibición decreta “una confiscación general de la propiedad privada” y a la par estimula el incumplimiento en el pago de mensualidades y el cambio de uso del inmueble.

Desaparición
Las fuertes restricciones legales han generado una merma de la oferta de inmuebles para alquiler, al representar apenas 6% de las operaciones del sector inmobiliario. La Cámara que reúne a este gremio, cree que entre el congelamiento de los cánones, la prohibición de los desalojos y la obligación de venta de casas arrendadas, el mercado desaparecerá.

XIV.

16/01/2011  TSJ suspende temporalmente todas las medidas de desalojo contra inquilinos. Noticias24

Según información difundida por el Diario Ciudad Caracas, la magistrada Luisa Estella Morales ordenó a los tribunales la suspensión temporal de las ejecuciones de desalojos contra inquilinos, sustentadas o no, en espera de un Decreto Ley prometido por el Presidente Chávez. La decisión, indicaría un comunicado de prensa suscrito por el Tribunal Supremo de Justicia, es de carácter temporal, pues los magistrados reunidos en la Comisión Judicial que sesionó este sábado aguarda a que el Presidente de la República dicte un Decreto Ley para regular en qué condiciones podrán ser ejecutadas medidas de desalojo a familias alquiladas, con el fin de impedir su “desalojo arbitrario”. La medida, aseguró el Primer Mandatario, se tomaría en el marco de la emergencia habitacional tras una severa temporada de lluvias que dejó sin techo a decenas de miles de venezolanos.  La medida, según el texto publicado por el diario de la Alcaldía de Caracas, no paraliza los juicios que ya estén siendo atendidos por los tribunales, pero impide a los jueces ejecutores ordenar a los cuerpos del orden público acceder a los inmuebles para garantizar su entrega a los propietarios. El Presidente Chávez anunció su intención de legislar sobre la materia “en pocas semanas” el pasado 8 de enero, tras escuchar las peticiones de Ana Marina Rodríguez, vocera de Red Metropolitana de Inquilinos, una de las agrupaciones de inquilinos organizados que solicitan, desde hace meses, una medida de esta naturaleza, denunciando el carácter agresivo del proceso de desalojo y una supuesta complacencia de algunos jueces hacia propietarios a los que calificaron de “latifundistas urbanos”.

A continuación el texto publicado por Ciudad Caracas:

Mediante un comunicado, suscrito por la presidenta del máximo tribunal Luisa Estella Morales, se expresa que “la medida no significará la paralización de las causas en curso, ni alterará la suerte de las sentencias pasadas”, y argumenta que la decisión se toma sobre la base a la declaratoria de emergencia nacional mediante decreto presidencial en virtud de los daños ocasionados por las lluvias en las últimas semanas de 2010. El texto, dice: “De conformidad con lo aprobado por la Comisión Judicial en su sesión ordinaria del día de hoy (ayer), vista la declaratoria de Emergencia Nacional mediante Decreto Presidencial en virtud de las calamidades y desastres naturales generados por las lluvias en todo el territorio nacional, cumplo con informarle que debe instruir con carácter de urgencia a todos los jueces y juezas de su Circunscripción Judicial respectiva, y con mayor énfasis a los Jueces Ejecutores de Medidas sobre la limitación temporal de toda práctica de medida judicial de carácter ejecutivo o cautelar que recaiga sobre inmuebles destinados a vivienda familiar o de habitación. La aludida restricción temporal abarca a todas las medidas ejecutivas cuya práctica material comporte la pérdida de la posesión o tenencia de un inmueble destinado a vivienda o habitación, aun existiendo sentencia definitiva. La presente decisión sobre las medidas ejecutivas o cautelares no significará la paralización de las causas en curso, ni alterará la suerte de las sentencias pasadas con fuerza de cosa juzgada.

“Procédase a realizar la presente instrucción bajo apercibimiento, en el entendido que su inobservancia por parte de los jueces o juezas será causal de las sanciones correspondientes. Participación que se hace a los fines consiguientes”, expresa el texto enviado por el Tribunal Supremo de Justicia.

XV.

17/01/2011. TSJ suspende de forma temporal toda práctica de medida judicial que recaiga sobre inmuebles destinados a vivienda familiar. Fuente: TSJ.

XVI.

3/03/2011. Anteproyecto de Ley de Arrendamiento entregado en la Asamblea Nacional. Fuente: Red Metropolitana de Inquilinos.

Para verlo entra AQUI.

XVII.

7/04/2011. Gaceta Extraordinaria: Vigente Ley del Régimen de Propiedad de las Viviendas. Fuente: reportero24.com

Venezuela ⁄  Este jueves se publicó el decreto con rango, valor y fuerza de ley del régimen de propiedad de las viviendas de la “Gran Misión Vivienda Venezuela” en el número 6.021 extraordinario de la Gaceta Oficial. El texto crea la Propiedad Multifamiliar, según la cual varias familias pueden usar y disfrutar el derecho sobre el terreno. El Gobierno publicó en la Gaceta Oficial Extraordinaria la Ley del Régimen de Propiedad de las Viviendas, la cual se encargará de regular el régimen de propiedad de las soluciones habitacionales y los terrenos y conforma un sistema diferente al previsto en la Ley de Propiedad Horizontal. El texto señala que “el Estado garantiza el derecho de propiedad familiar y multifamiliar como manifestaciones concretas del derecho de propiedad constitucionalmente establecido”. Esta ley regirá para las soluciones habitacionales previstas en la nueva Misión Vivienda Venezuela. En este marco legal se crea la propiedad familiar que será “el derecho sobre la vivienda destinada única y exclusivamente al uso, goce, disfrute y disposición por parte de la unidad familiar en los términos previstos en la Ley de Emergencia de Terrenos y Vivienda” . También se constituye la propiedad multifamiliar que será el derecho sobre los terrenos, inmuebles y las áreas de uso y disfrute común de todos los miembros de la unidades familiares.

 

34 Comentarios Agrega el tuyo

  1. gustavo dice:

    MUY BUENA RCOPILACION, INFORMATIVA Y DIDACTICA

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    1. Gracias Gustavo, la idea es tener las noticias más importantes sobre este tema en un solo lugar…

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  2. william medina dice:

    Me parece excelente esa recopilacion de informacion en este tema tan importante, ahi tienen mi correo por si pueden remitir el proyecto de ley

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    1. Gracias William! Déjame buscarla para hacerte el envío! Saludos!

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  3. maria salazar dice:

    HOLA! GRACIAS POR TODA LA INFORMACION SOBRE EL TEMA.ES DE MUCHO INTERES PARA MI.Y NO HABIA ENCONTRADO UNA INFORMACION TAN COMPLETA

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    1. Gracias Hormar! Esa es la idea!

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  4. Milagros Ocando Ziritt dice:

    Los inquilinos que tienen 20 años y mas viviendo alquilados en un inmueble, es por desconocimiento porque a los veinte años opera la prescripción adquisitiva a favor de este,(en donde existe un procedimiento en los tribunales que se realiza a fin de garantizarles dicha prescripción). En aquellos casos en que el propietario no le garantizo de saneamiento por eviccion, que es que el inmueble este en optimas condiciones para su uso, es decir que no estén deterioradas las paredes, el techo, etc,(esta es una de las clausulas que debe llevar todo contrato de arrendamiento) y también hay casos en que el inmueble se deteriora estando en posesión del inquilino, por lo que en ambos casos tanto el inquilino y el propietario tienen que responder, les pongo un ejemplo: Si cuando el inmueble estando en posesión del inquilino se deteriora es por falta de mantenimiento, si lo hace el inquilino,(las reparaciones), el puede notificarle al propietario para que le descuente la inversión que el hizo en dicha reparación, y el propietario a su vez si hace las reparaciones, como estas se produjeron estando el inmueble en posesión del inquilino, (en caso de que se aya deteriorado estando adentro del inmueble el inquilino), entonces el propietario a su vez tiene también derecho a percibir un descuento del inquilino, pero esto ya lo sabemos ya, lo que quiero manifestar es que hay que tener mucho tacto a la hora de redactar esta ley, porque no solamente hay vivos en los dueños de los inmuebles, también hay vivos en muchos de estos inquilinos, ya que han habido circunstancias en las cuales el inquilino ha dejado pagar varios canones (varios meses) de arrendamiento con la doble intención de quedarse con el inmueble, eso siempre ha pasado a la luz de la anterior ley, y con estas nuevas disposiciones se les esta dejando la puerta abierta, en parte, para que se aprovechen de situaciones, hay casos en los cuales las personas a veces tienen su inmueble en donde viven , y compran otro apartamento o lo tienen para sus hijos porque estos van a la universidad por ejemplo, conozco un caso de cerca,de una persona que vive en san juan de los morros que piensa comprar un apartamento en caracas para sus dos hijos porque van a estudiar allá, ya que le sale mas económico de esta forma que pagar una residencia estudiantil, ¿Significa esto que va a perder el apartamento?, ella no es de esos que viven en el extranjero, ni es rica, sencillamente lo que tiene es producto de su trabajo y puede demostrarlo.
    En cuanto a lo de la primera OPCIÓN en caso de la venta del inmueble, la primera opción la puede tener el inquilino, perfecto, pero esto si el propietario quiere vender por ejemplo después de cinco años de alquiler, pero puede ser que no quiera porque por ejemplo el inmueble alquilado y el inmueble en donde vive los quiere para cada uno de sus hijos, ya que ellos tiene derecho de heredar lo de sus padres, cuando es producto del trabajo honrado,por ejemplo, en este caso no se le debe obligar a vender, ya que esta seria una muestra evidente, y peor aun, de violación de la propiedad personal, también esta el caso del que tiene, a parte de su vivienda principal otra mas porque de eso vive, ya que es una persona que no tiene un trabajo formal, y de algo tiene que comer y mantener a su familia, no es cierto que todos los que tengan mas de un inmueble sean ricos y vivan en el extranjero, todos los casos no son iguales, ustedes, en el caso que plantean en el proyecto de asignar los canones de acuerdo al sueldo del inquilino, eso si es justo, ya que esta es una forma de controlar al propietario, en cuanto a la explotación del inquilino, es decir hay que redactar las disposiciones o articulado de la pre nombrada ley, de manera de controlar no solamente las actuaciones del propietario en contra del inquilino, sino también las de inquilinos vivos, que también los hay, que toman ventaja de situaciones en su favor en detrimento de los propietarios, es decir se ven ejemplos en ambos casos. Soy una persona, la cual cree en el presidente y en la revolución, lo que pretendo al escribir este texto, es hacer sugerencias al proyecto, que sean un poco mas justas y transparentes, y así aminorar un poco la gran confusión que hay a este respecto y que genera un poco de nerviosismo en la población, ya que redactad así como se plantea mas arriba, lo que va a pasar es que la figura del arrendamiento tendera a desaparecer, ya que pareciera que no se están viendo las dos caras de la moneda.

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    1. Milagros, agradecemos muchísimo tu comentario. Este espacio está abierto para todas las personas que tengan preguntas y que quieran hacer sugerencias a los mismos comentarios del público. Vamos a dejar tu correo para que quienes tengan alguna pregunta puedan hacerlo directamente. Saludos!

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  5. lisoreidi dice:

    Me parece sumamente injusto y un abuso de parte del gobierno lo que estan haciendo yo tengo un apto q me dejo mi papa a los 10años somos tres hermanos quedamos huerfanos y es lo unico q tenemos el tipo tiene 4años sin pagar y aunque lo demande no me a salido el desalojo..no es justo

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  6. Isabel dice:

    Estoy siguiendo todos los comentarios de la nueva reforma de la Ley de Arrendamientos, mi caso es que tengo actualmente 29 años y 1 mes entre en 30 años alquilada, hace unos años atras el dueño que siempre vivido él y su familia en el extranjero, me hizo una oferta de venta, como yo no quise aceptar el precio del mercado tramitaron la venta por los tribunales, creyendo que los favorecia, cuando se dieron cuenta que no le favorecía hurtaron el expediente, yo deje un presedente que me sirvió de defensa, resultó que dicho propietario falleció y posteriormente su heredera se buscó un abogado en su país que contrató a un bufete aquí en Venezuela, donde me demandaron por Desalojo que iva a vivir la madre de la señora en el apartamento porque élla vivia en una habitación, cosa que era falso. Logré descubrirlos porque yo me había enterado que la señora aparte que no vivia en venezuela había fallecido también y por cosa de Dios lo descubrí y lo demostré en la Corte ganando que no me desalojetn, pero resulta que tambien me demandaron por regulación y les salió a favor de éllos, pero ese no es el problema. Resulta que este propietario aparte de tener otro inmueble que los abogados vendieron insisten en que yo tengo que comprar al precio del mercado, a sabiendas que yo no tenía que pagar condominio porque el contrato lo díce, los dueños por medio de una inmobiliaria lo pagaban y hace años dejaron de pagarlo y yo tuve que asumir tal responsabilidad dejando un precedente? y todos los bauches le coloco mi nombre y apellido completo y cédula de identidad, 19 años pagando esa dueda que no me correspondía aparte como viven en el extranjero me vi en la obligación de arreglar todas las filtraciones que se han presentados por carta enviada de mi vecina, para tales arreglos que la perjudicaba como verán es imposible a unas personas que viven en el exterior esperan a que vinieran a reparar tales filtraciones, mejores en los casi 30 años que tengo las hice yo? el inmueble tiene 35 años de comprado y el edificio a pesar que se ve en buenas condiciones tiene 40 años de contruido, como verán es insolito que no me vendan el apartamento a un precio razonable, yo no digo que me lo regalen sino que sena considerados, aparte no tiene estacionamiento. Me gustaría que saliera esa Reforma para ver si me favorece y que sea antes de las elecciones…Gracias mil….

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    1. Sra. Isabel, lamentandolo mucho no tenemos experticia en la materia jurídica que nos consulta. Somos un grupo dedicado a la venta de Bienes Raices. Colocamos esta información para que llegue a tantas personas como sea posible. Estamos enviándole un correo personal a su email para explicarnos con mayor detalle. Muchos saludos!

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  7. carmen gonzalez dice:

    hay que ser clara cuando una persona tiene mas de 2o años alquilando un immueble, y tiene un contrato por tiempo indeterminado, y el arrendador no quiere vender, teniendo otros inmuebles, y este le solicita la prorroga legal , cuando y en que momento se puede adquirir la propiedad de un inmueble que tiene mas de 25 años de construido y asi establecer su precio.

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    1. Buenas tardes, le recomendamos que vaya a las oficinas de inquilinato. Ahi le proporcionarán la asesoría que requiere.

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  8. Nidia Rivas dice:

    Mi familia y yo vivimos algunos casos terribles, fuimos desalojados forzosamente sin deber medio. La propieteria se metio a la fuerza, e intimido, entre otras cosas, sin ningun tipo de procedimiento legal, en otra ocasion ocurrio lo mismo, nos sacaron los corotos a la calle, en fin muchas veces fuimos atropellados, eso genero que yo teniendo trece años dejara los estudios entre otros hermanos, la familia se desunio, en fin todo un caos. Cuando se vive alquilado uno tiene que someterse a todo lo que indiquen los arrendadores, siendo justo o injusto. Por eso, estoy totalmente de acuerdo en estas leyes que se estan proyectando, ya basta de abusos por parte de los arrendadores. Como es posible un alquiler por encima del sueldo minimo. Que alquilen a personas solas que trabajen y estudien, o sea que no permanezcan en el lugar arrendado, y de paso con un alto costo. Espero que eso haya acabado.

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    1. amparo rivero dice:

      Sra. nidia Rivas … debe entender que uno lucha por mejorar sus ingresos y que uno hace sacrificios para tener el patrimonio que tiene. Es injusto que lleguen personas que quieren vivir eternamente en una vivienda arrendada y creen ser dueños del inmueble que por cierto tiempo le brindo calor de hogar pues dejeme decirle que usted debe ser honesta y ahorrar y luchar para tener lo suyo porque no es justo que los inquilinos quieran hacerse dueños de algo que no les pertenece y que muchos VENEZOLANOS hemos trabajado para tener un ingreso extra a traves de un alquiler ya sea de casa, apartamento o anexo hay que repetar los esfuerzos de los demas y trabajar duro para que lograr comprar su propia vivienda …..

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  9. Nidia Rivas dice:

    ellos se tapan diciendo que lucharon para tener lo suyo, pero eso no les da derecho a hacer lo que les de la gana, a violar las leyes. Toman las leyes por sus medios. Se de casos que a la gente lo desalojan a punta de pistola, que tal. Señores las leyes se crearon para regular conductas, imaginense que no tengamos un ordenamiento jurídico. Donde todos hacen lo que quieren. Pues resulta que las relaciones arrendaticias tambien deben regularse, eso que quede claro y que se aplique todo el peso de la ley a los guapetones. A ver como les va.

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  10. Nidia Rivas dice:

    Asi que mis queridos y respetados arrendatarios! De ahora en adelante tengan en cuenta que viven en Venezuela, que son sujetos de derechos y obligaciones y que deben cumplir las leyes y de no hacerlo atenganse a las consecuencias.

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  11. Nidia Rivas dice:

    Ah otra cosa hay quienes dicen que estan solos que no tienen ingresos y por eso alquilan los cánones tan costosos, que tienen hijos etc., pues imaginense que cuando suban a una unidad de transporte publico les digan que deben pagar 20bsf! Y el chofer les diga que tiene 10 hijos y 5 mujeres o mas? Noooo, eso es un descaro, hasta los dueños de transportes deben regirse por lo legal ok. Bye

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  12. CARMENN NUÑEZ dice:

    tengo 25 años alquilando un apto,los dueños murieron,ellos no hicieron contrato, ahora los hijos nos van hacer un contrato,¿firmo si o no?,yo tengo todos los recibos desde que empece alquilar,ellos dicen que van considerar ya que los apto estan deteriorados y nos pueden mandar a desecupar que puedo hacer.

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  13. javier contreras dice:

    buenas noches ante todo reciban un calurozo saludo el caso es el siguiente tengo un hermano que tiene 8 años alquilado en una casa que las condiciones no son las mejores le ha tenido que realizar infinidades de reparaciones para poder seguir habitando la vivienda la cual se encuentra uvicada al pies de un cerro y el por ser una persona de escaso recursos, y por cuestiones de la vida ahora es una persona discapacitada, el cual tiene bajo si responsabilidad 6 hijos todos estudiando, y el mayor en la univesidad que es el que economicamente lo ayuda segun sus posibilidades, mi comentario es el siguiente hasta donde he entendido el es la persona con la primera ibcion de compra, lo que pasa es que las personas que son dueños en vista de lo que han observado que esta en discucion la nueva ley, decidieron venderle, he ahay la pregunta si el es una persona que tiene para el pago del alquiler pero no posee dinero para el pago de un solo gorpe de la casa como se aria en este caso, esperando de su respuesta me despido de ustedes muchas gracias.

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  14. Mirla Rodriguez dice:

    Muy buena la recopilacion que hacen. El gobierno nacional a traves de la AN deben ser muy cutelosos con esta reforma de la ley de arrendamiento que se lleva a cabo debido a que muchas familias que viven alquiladas estan viendo en esta la posibilidad de quedarse con el inmueble alquilado aprovechandose de la ocasion.Por otro lado,asi como toman en consideracion los derechos de los inquilinos,deben tomar en consideracion los derechos de los dueños de los inmuebles que,en mucho de los casos han dado la oportunidad a los mismos de extender la prorroga y estos luego no quieren entregar por ningun motivo el inmueble.Cito el caso de mi hermano el cual hace 10 años por razones de trabajo tuvo que mudarse alquilado a Barcelona en calidad de inquilino y para ayudarse con la cancelacion del alquiler,alquilo su vivienda.Desde hace 5 años le ha pedido a los inquilinos que le hagan la entrega del mismo y estos alegan que el tiene dinero porque consiguio trabajo en una empresa del estado,dejaron de pagar alquiler y se niegan a la entrega del mismo.Motivado a que durante 2 de los 5 años estuvieron sin pagar alquiler,mi hermano introdujo una demanda cuya sentencia firme fue la entrega material del inmueble(la misma duro un lapso de 3 años en tribunales) y ahora no entregan el inmueble a pesar de tener el tiempo estipulado asignado por el tribunal diciendo que ellos tienen derecho sobre el inmueble de acuerdo a la reforma introducida por la AN y se valen de un grupo violento que actua en nombre de la revolucion(el FRIO),que llegan armados de objetos contundentes y camaras fotograficas y de videos, amedrentan a las personas y evitan que se lleve a cabo la medida de entrega material. Que se va a hacer cuando un inquilino decida no entregar un inmueble?acaso se lo van a expropiar al dueño?donde quedan los derechos del dueño y el esfuerzo que realizo por adquirir su vivienda?10 años :5alquilados pagando el canon correspondiente,2 sin cancelar abiertamente y 3 en litigio, y ahora los van a beneficiar con tres años mas de prorroga a pesar de haber una sentencia firme?Asi cualquiera obtiene facilito un inmueble,sin esfuerzo alguno

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  15. MMV dice:

    Tenemos 12 años en un apartamento alquilado. Ya firmamos la prórroga de los 3 años que nos corresponde, nos queda el próximo año de dicha prórroga. Estamos construyendo una casita pero con la situación se ha retrasado la construcción. Con nosotros viven 2 menores de edad. Mi pregunta es: Existe la POSIBILIDAD LEGAL de que los dueños puedan otorgarme una extensión de esta prórroga, por lo menos hasta terminar mi casa o esté acondicionada para su habitabilidad? Qué debo hacer en este caso? No quiero que llegue el momento para tomar acciones. Nuestra intención no es quedarnos de ninguna manera con el apartamento, ni llegar a litigios…pero tampoco que nos echen a la calle… no hay viviendas en alquiler y si se encuentran están muy costosas… GRACIAS… Están muy buenas las informaciones dadas en este Blog… Los Felicito…Espero respuesta

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  16. Bueno en ese caso el derecho que tiene el Sr es innegable pero resulta que si necesita la vivienda que haga una declaración jurada de que no tiene donde vivir antes los tribunales y la fiscalia pero por que hay personas que tienen 40, 100 apartamentos
    y viven de la explotación hay personas que alquilan por 2000 3000 y el dueño entrega el apartamento todo destruido y de paso hay que dejar-celo como nuevo cuando uno se va. Oposicionista y gobierno no tienen la rason

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  17. antonio gomez dice:

    La prorroga legal se vencio hace tres (3) meses y el inquilino no se quiere mudar, amparandose en el derceto que prohibe el desalojo, mi casa cuesta 700.000 mil y me paga desde hace 3 años Bs 500 mensual, es mi unica vivienda, ahora tengo que vivir en un rancho, porque con los Bs. 500 no puedo pagar el alquiler en otro Estado donde trabajo. Este decreto es discriminatorio de los que tienen vivienda principal alquilada. Que injusticia … que tristeza siento.

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    1. Jose Rafael dice:

      Buenos dias, soy asesor de Rent-A-House Maracaibo, eso que dices no es asi, tienes que armarte de valor y pasiencia y buscar un buen abogado, le vas aplicar un interdicto de desalojo y lo vas a tener al borde en todo momento eso es tuyo y de nadie mas, eso pasa por malas asesorias y no hacer cumplir las normas de la ley horizontal y el codigo civil, tienes que buscar tu contrato y ver las fechas, que dice, y si has cumplido con eso luego el abogado actua, vas a tener que cumplir con la prorroga legal del inquilino, y actua antes del 27 de febrero, hay mucha insertidumbre sobre las leyes que vallan aprobar en la asamblea.

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  18. belkis dice:

    me parece bien que existan leyes que amparen de la explotaciòn y la injusticia a los inquilinos pero no sin antes tomar en consideraciòn a los propietarios que como yo, trabajo y luchò toda la vida por tener una infima cantidad extra de dinero para levantar y mantener a sus hijos, no sin antes considerar que estoy incapacitada de salud, y cuento con el canon de arrendamiento de un anexo el cual se ubica sobre mi vivienda y que por esta circunstancia no puedo ni debo venderlo a ningun inquilino, asi se encuentre previsto de innumerables virtudes, asì que si con esta grotesta nueva ley de arrendamiento se espera congraciarse el gobierno con el sector de arrendatarios, deberia tomar en consideraciòn que los propietarios tambien tenemos derechos, somos igual de venezolanos y por ende tambien ejercemos el derecho al voto.

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    1. amparo rivero dice:

      excelente tu reflexion amiga estamos en las mismas condiciones de criterio no es justo que por razones politicas pasadas de moda y que no tienen una verdadera justicia social atenten contra tantos venezolanos como yu y como yo que hemos luchado y trabajado duro por tener un mejor futuro cuando entremos en la tercera edad…. es injusto…

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  19. amparo rivero dice:

    excelente el trabajo de recopilas toda la informacion, en mi opinion yo considero que esta ley atenta con las personas que por muchos años hemos trabajado y ahorrado para tener 2 viviendas y complementar los ingresos familiares con los arrendamientos, yo personalmente soy divorciada el papa de mi hija no le da ni un medio y complemento mis ingresos con el alquiler de un apartamento que tengo que lo commpre con mucho sacrificio en mi juventud y no se imaginan como estoy de preocupada con la aprobacion de esta ley que atenta contra todos los VENEZOLANOS que hemos trbajado duro y luchado por un mejor futuro…

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  20. MARIA RODRIGUEZ dice:

    Acabo de leer este articulo, soy inquilina y fui victima de un intento de desalojo inhumano por parte de mi arrendador quien rompio mi puerta y saco mis enseres a la calle. Ruego a Dios aprueben esta Ley.

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  21. me interesa saber sobre el proyecto de ley para regular venta de inmuebles en el mercado secundario, porque, según un abogado me dijo en el registro quinto libertador, que a partir de este lunes entraría en vigencia dicha ley. Que hay de cierto en esto porque esto afectaría las ventas en este sector. un millon de gracias si pudiera aclararme.

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  22. Claudia Giménez dice:

    Excelente iniciativa. Llevándose a muchos medios venezolanos que no tienen este sistema. Muy buen trabajo. Felicitaciones y ¡Gracias!.

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  23. Sandra dice:

    Hola mi inquietud va especifica al alquiler de habitaciones a estudiantes o residencias estudiantiles ya que alquilo habitaciones y quiero mantenerme informada y dentro de los parametros legales. Si alguien puede ayudar o sugerir donde ubicar informacion sobre este tema

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    1. Estimada Sra Sandra, esté atenta a las noticias sobre la nueva ley de arrendamiento aprobada en la Asamblea Nacional. Todavía no ha sido promulgada por el Ejecutivo, pero le recomendamos que vaya comprando la ley que ya debe circular por las calles y léala usted misma. En ella están muy claras las nuevas normas.

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  24. GABRIELA dice:

    Buenas! quisiera saber si me pueden ayudar, en cuanto a saber los aspectos mas importantes para inquilinos y propietarios de la ley de 1999 y la actual.

    Agradecería mucho su ayuda!

    gracias!!

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